La sentencia afecta positivamente a los abogados al considerar nula la limitación a aquellos no afiliados a la Seguridad Social con ingresos superiores a 100.000 €/año.
La decisión se basa fundamentalmente en considerar que se vulnera el principio de reserva de ley, considerando que la decisión no queda en manos del legislador sino del Gobierno, que además no explicita ni justifica las razones de la opción cuantitativa concreta que fijó el Reglamento.
La Mutualidad de la Abogacía considera positiva esta sentencia ya que fue parte de la Ponencia mixta de trabajo formada por los vocales de la Comisión Ejecutiva de la Mutualidad Carlos Suárez González (Coordinador) y Juan Bassas Mariné, así como por el Consejo General de la Abogacía Española, con el propósito de conseguir que el Real Decreto 1192/2012 dispusiera la inclusión de todos los abogados en el Sistema Público de Salud.
Asimismo, la Mutualidad ya manifestó su insatisfacción con la limitación o exclusión cuantitativa de superación de ingresos que por las razones expuestas, la sentencia declara inconstitucional y nula y por ello en este momento es INAPLICABLE.