Nivel de Riesgo
1/6 Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.
Alertas de liquidez
El cobro de la prestación o el ejercicio del derecho de rescate solo es posible en caso de acaecimiento de alguna de las contingencias excepcionales de liquidez regulados en la normativa de planes y fondos de pensiones.

Plan de pensiones para autónomos

Añade un extra a tu jubilación con beneficios fiscales

El plan Incrementa Autónomo es un producto dirigido a trabajadores y trabajadoras por cuenta propia que quieren mejorar su jubilación con beneficios fiscales pudiendo reducirse en su base imponible de IRPF hasta 4.250€ al año además de los 1.500€ establecidos en los sistemas de previsión social complementarios individuales.

 

Plan Incrementa
Excelente rentabilidad
*Rentabilidades pasadas no implican rentabilidades futuras.

¿Quieres saber si cumples con las características necesarias para ser mutualista?

Características de este plan de pensiones para autónomos

Puede ser contratado por cualquier trabajador o trabajadora por cuenta propia que reúna las condiciones para ser mutualista, independientemente de su profesión.

Permite aportar hasta 4.250€ adicionales con desgravación fiscal añadida a los 1.500€ actualmente admitidos.

Prestaciones

Elige la forma que mejor se adapte a tus necesidades.

¿Qué necesito hacer para contratar?

Si ya eres mutualista, puedes solicitar la contratación de este plan de pensiones para autónomos accediendo a tu área privada.

Si todavía no eres mutualista, contrata este producto descargando y cumplimentando la solicitud de contratación.

¿Te gustaría saber cómo mejorar tu jubilación si eres autónomo?

Estamos a tu disposición para solucionar cualquier duda que puedas tener sobre este seguro para autónomos y su contratación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede contratar el Plan Incrementa Autónomo?

Pueden contratarlo los y las mutualistas que realizan una actividad profesional por cuenta propia y que se hayan adscrito y estén en situación de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en el alternativo de la Mutualidad o en el de otras mutualidades.

¿En qué casos se puede rescatar el saldo del Plan Incrementa Autónomo?
  • Enfermedad grave.
  • Disposición anticipada de derechos económicos derivados de aportaciones con más de 10 años de antigüedad
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