Hasta 5.000 €/año
Los rendimientos que genere tus ahorros quedarán exentos de tributación siempre que no lo rescates antes de los cinco años y percibas la prestación en forma de capital único.
Realiza tus aportaciones ante de que finalice el año, aprovéchate del 3,75%* de rentabilidad y desgrávate en tu próxima declaración de la renta. Comprueba los límites de aportación con beneficios fiscales de tu plan.
*Rentabilidad cuenta para el trimestre actual (tasa bruta anual) para todos los sistemas del Plan Universal. Rentabilidad a cierre de 2023: 3,83%. Rentabilidades pasadas no presuponen rentabilidades futuras.
1. Límite que se puede aportar como gasto deducible siempre que el Plan actúe como alternativo al RETA.
2. Límite conjunto entre el Plan Alternativo Autónomo, el PPA Mutualidad y el resto de planes de pensiones que tengas. Reducción en base imponible del IRPF del menor importe entre 1.500 euros anuales y el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas percibidos en el ejercicio. Fiscalidad aplicable a los territorios comunes (excepto Navarra y País Vasco).
3. Rentabilidad a cuenta trimestre actual (tasa anual) del Plan Incrementa Autónomo 3,25%. Rentabilidades pasadas no presuponen rentabilidades futuras. Exclusivo para trabajadores autónomos. Sujetas al límite máximo conjunto a sistemas de previsión social legamente establecido.
Si ya has llegado a tu límite fiscal recuerda que puedes seguir aportando a:
Hasta 5.000 €/año
Los rendimientos que genere tus ahorros quedarán exentos de tributación siempre que no lo rescates antes de los cinco años y percibas la prestación en forma de capital único.
Hasta 8.000 €
Los intereses generados estarán libres de tributación siempre que se cumplan las condiciones necesarias: duración del plan mínimo de 5 años, aportaciones no superiores a 8.000 € anuales (240.000 € en la totalidad) y que se rescate como Renta vitalicia.
Sin límite de aportación
* Sistemas incluidos en el Plan Universal de la Abogacía.